Lo primero que habría que explicar es que pasaporte COVID no es quizás el mejor nombre, pero es el que se está usando, estos días y anteriormente, en la prensa. Al menos en la prensa generalidad. El término se referiría a un documento, ya sea físico o digital (podría ser un código QR) que acredite que un ciudadano está vacunado con la pauta completa (en este momento una o dos dosis según su situación personal y el tipo de vacuna utilizada) contra el SARS-CoV-2, o en su defecto que ha pasado la enfermedad o que se le ha realizado una prueba diagnóstica reciente (PCR o prueba de antígenos) con resultado negativo. No se refiere a un documento que permita moverse entre países, aunque pudiera en un momento determinado exigirse para ello.
Desde algunas comunidades autónomas (una vez más existe el problema de la falta de uniformidad en propuestas y medidas) se está solicitando que se implante su uso. Por ejemplo, desde Andalucía han hecho en 24 horas un anuncio y un contraanuncio. En principio iban a pedir su utilización en el ocio nocturno (discotecas) pero ante la renuencia de alguna forma política ahora han decidido pedir primero autorización judicial.
En nuestra Comunidad, Madrid, lo último que se ha transmitido a la ciudadanía, en boca del consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero ha sido que solo se plantea la implantación del pasaporte Covid para el ocio, hostelería y comercios, cuando todos los españoles hayan tenido su acceso a la vacunación y cuenten con la pauta completa. Faltaría matizar que se quiere decir por “todos”. También se ha pedido al gobierno central que marque las pautas para su uso, algo que la ministra de Sanidad, Carolina Darias, dejó claro que no tenían intención de hacer.
La pregunta de si su uso es factible, tiene varias respuestas. Técnicamente es totalmente factible. En la Unión Europea el certificado está plenamente operativo desde el pasado día 1 de julio. En España, si bien con diferentes grados de complejidad, son las comunidades autónomas las que lo ponen a disposición de los 13 millones de españoles que ya están vacunados en España. Más dudas presenta la cobertura legal de su uso, ya que es probable que en muchos casos sean los diversos tribunales de justicia españoles los que tengan que ratificar o prohibir su uso. La experiencia a lo largo de esta pandemia es que pueden decidir en un sentido o en otro y de forma diferente en una región española u otra. Incertidumbre total.
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